Todo sobre la corte

Fayt impar

By septiembre 18, 2015agosto 15th, 2024No Comments

Las cosas son números, decían los pitagóricos, y observaban esta relación en la naturaleza, la astronomía y la música. La dimensión mística del número fue retomada, tiempo después, por los cabalistas, para develar por medio de la gematría los misterios cifrados de la Torah. Pero fueron los chinos quienes, a mi juicio, mejor comprendieron la íntima relación que existe entre los números y el destino de los hombres: crearon el Keno, que en occidente llamamos lotería.

Esta tradición mística no es ajena a Todo sobre la Corte. Me siento capaz de explicar nuestro objeto de estudio bajo el prisma numerológico que me legaron mis ancestros: la Quiniela. Se trata de un apasionante código gnóstico donde cada guarismo tiene un significado, que permite al intérprete rimar con un hecho inusual, un sueño o cualquier otro guiño del cosmos. Un suceso tan atípico como la renuncia anticipada de un juez supremo no puede dejar de tener su cifrado quinielero.

En lo que sigue, pues, para ventaja de los lectores, daré a conocer una lista de números impares que explican algunos hitos de la trayectoria de un juez también impar. Al mismo tiempo servirá para que los más audaces –garanto– se ganen unos pesos.

33 (Cristo)

33 son los libros que declara Fayt en su currículum vitae. Una gran cantidad de volúmenes que fueron publicados entre 1940 y 2007 y reflejan su sólida formación intelectual.

Me interesa subrayar que su vida académica estuvo dedicada al estudio del Derecho Político y Constitucional. En mi opinión, esta especialidad contribuyó de modo decisivo a que Fayt se haya desempeñado de modo sobresaliente como juez de la Corte Suprema. Hacemos votos para que su reemplazante tenga esta misma formación y orientación.

Fuera de lo jurídico, su obra estuvo dedicada a analizar al Movimiento. Dijo alguna vez: «Mi tesis doctoral en la Universidad de Buenos Aires criticaba la reforma constitucional que aprobó Perón en 1949. Los jurados no me quisieron tomar el examen y tuve que escribir otra tesis. Pero, al margen de ese asunto, siempre me interesó estudiar el peronismo«. 60 años más tarde parece que el juez y el peronismo siguen sin comprenderse. Leemos que a instancias de Pichetto, el Senado aprobó una resolución de homenaje. Es justo y necesario. Pero no deja de asombrarnos que quienes ahora lo ensalzan sean los mismos que hasta hace poco tramitaban sus padecimientos y clamaban por su crucifixión.

59 (Planta)

59 son los considerandos que le tomó al juez Fayt el voto mayoritario caso «Peralta«. Unas 12.336 palabras, para el caso menos breve y uno de los más polémicos de la Corte de nueve. Se trata de un fallo dictado en circunstancias apremiantes, que a nadie le gustaría tener que defender. Allí se recurre a la doctrina de la emergencia económica y la justificación de los decretos de necesidad y urgencia. Ramificaciones de este árbol venenoso aún hoy nos ahogan.

No se trata aquí de juzgar la doctrina del caso. Lo traigo a colación sólo para ilustrar una idea sobre la independencia judicial. Porque se suele hablar de esta cualidad cuando los jueces votan en contra de ciertas medidas. Pero en mi opinión, tanto o más difícil para un juez es ejercer la honestidad intelectual y exponer su prestigio para votar a favor de un gobierno con el que no se comulga desde lo ideológico. Esto último es lo que hizo Fayt en «Peralta». Nos enseña que si la independencia es troncal, la imparcialidad –aun frente a las ideas propias- es la flor de más belleza.

99 (Hermanos)

99 es el artículo cuyo inciso 4° párrafo 3° fue declarado nulo en el caso “Fayt”. Imposible hablar del juez sin hablar del caso que lleva su nombre. En aquella ocasión, quizás lo más cuestionable fue que la sentencia la dictaron sus propios hermanos (“brethren”, se llaman entre sí los jueces anglosajones), con obvio interés en el resultado del pleito.

En cuanto al fondo, el hecho de que el propio Fayt lleve cumplidas 5093 semanas de vida ha mantenido inflamada la polémica. Naturalmente, él estaba amparado por su fallo. Pero, ¿qué ocurre con los demás jueces federales? Una lectura lineal de la sentencia citada nos llevaría a afirmar que la cláusula es nula, debe tenérsela por no escrita, y por tanto el límite de 75 años no rige para ningún juez federal con prescindencia de la fecha de nombramiento. Pero en un país donde el stare decisis horizontal o vertical tiene poco predicamento, la respuesta es dudosa.

Desde otra perspectiva, queda abierto el debate de si resultaría valioso contar con una cláusula constitucional que fije un límite temporal al cargo de juez. El sistema del nulificado artículo 99 inc. 4° podría resolver el problema de la decrepitud, pero crea un incentivo para que todo presidente entre en la carrera por nombrar jueces cada vez más jóvenes, en detrimento de la calidad de la judicatura y del equilibrio institucional. Por ello, muy prestigiosos académicos en EE.UU. proponen establecer un límite fijo de 18 años contados a partir del nombramiento y al margen de la edad. Otros, ven con desconfianza cualquier límite temporal, bajo la idea de que en la misma medida en que se acerca el final del mandato judicial, tambalea su independencia. Sin dudas la figura de Fayt nos interpela para resolver el tema con sensibilidad, prontitud y rigurosidad formal.

31 (La Luz)

31 años, 11 meses y 21 días de servicio habrá cumplido Fayt el día en que se retire. Récord absoluto en el cargo, dejando atrás a Petracchi (30 años, 9 meses, 22 días) y a Antonio Bermejo (26 años y 4 meses). Como es lógico, una foja tan extensa tiene luces y sombras. Ya mencionamos alguna sombra, pero en el balance prevalece la luz.

No es el momento ni el lugar para hacer un repaso pormenorizado de su jurisprudencia, ya que el partido no terminó. Diremos simplemente que Fayt ha sido un juez con una posición comprometida con el liberalismo político, destacándose, a mi gusto, en sus fallos sobre libertad de prensa, independencia judicial y transparencia del sistema democrático-republicano. No es casual que en tiempos donde estos valores fueron puestos en crisis su figura se agigante.

11 (Palito)

11 es el día de diciembre en que se producirá su retiro. El texto sobrio de su renuncia contrasta ex professo con alguna otra, de formato cómico, recargada de dedicatorias. Aunque Fayt haya dicho que la fecha elegida es en conmemoración del día de su nominación, a nadie se le escapa que hay allí un mensaje político. A su turno, la aceptación de la renuncia contiene una velada réplica: si no hay beso en la mano, no se agradecen los servicios.

Más allá de esta esgrima con bastos, la prensa informa que existe un debate sobre si la presidenta queda habilitada para nominar un reemplazante. La letra de la Constitución no resuelve el punto de modo expreso. Pero el decreto 222/2003 establece que el procedimiento sólo puede iniciarse una vez “producida la vacante”. Dado que el decreto 1892/2015 acepta la renuncia a partir del 11 de diciembre, lógico es concluir que antes de esa fecha la nota de Fayt carece de efecto alguno. ¿Habrá un caso de derogación singular del reglamento? ¿Arriará el oficialismo una de sus banderas más celebradas? En todo caso, la empresa, si en verdad existe, parece poco viable desde lo político.

Lo que sí considero de valor contante y sonante es que la situación planteada nos abre la posibilidad de que la integración de la Corte se transforme en un tema de campaña. Es quizás el último legado cívico de nuestro juez decano. Está en nosotros exigir de los candidatos definiciones claras y proponer un debate constructivo.

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