Todo sobre la corte

El arte de la confirmación

By julio 5, 2012junio 9th, 2020No Comments

Tapa Clarín JubilacionesLa tapa de Clarín del día de hoy es elocuente: «La jubilación no debe ser menor al 70% del sueldo, falló la Corte» titula el gran diario argentino. En el copete amplía y anuncia: «Así, la decisión de la Corte le abre paso a miles de reclamos similares». A esta altura del partido, ya estamos pensando cómo se nos pudo haber pasado tamaña novedad. ¿Tan distraídos estamos? Vamos al interior del diario y nos encontramos un titular más acotado donde se afirma que la Corte confirmó un piso del 70% del sueldo para las jubilaciones. Allí nos enteramos que lo que la Corte Suprema hizo fue rechazar la «apelación» de la ANSES respecto de un fallo de la Cámara de la Seguridad Social donde José Betancur, ex-empleado de YPF había logrado que le actualicen la jubilación. Mediante un uso interesado del lenguaje, Clarín -de la mano del firmante Ismael Bermúdez-  transforma la constatación de un defecto formal en una decisión sustancial y la resolución de un caso individual en una nueva política pública. Veamos las claves de esta «desinformación» judicial.

El fallo de la Corte Suprema, del 5 de junio pasado, se limita a afirmar que «el recurso extraordinario interpuesto no cumple con el requisito de fundamentación. Por ello, el Tribunal resuelve: confirmar la sentencia apelada.» ¿Tiene esta confirmación que hace la Corte el mismo significado que le da la nota periodística? La pregunta es en algún sentido engañosa y juega con el lenguaje. Como vemos, el Alto Tribunal dice expresamente que confirma la sentencia pero no lo hace en el sentido de «corroborar la verdad, certeza o probabilidad de una cosa» (Diccionario de la RAE) sino en el marco procesal de un acto que queda firme por la imposibilidad de interponer nuevos recursos. O sea, lo que hace la Corte Suprema -el objeto de su sentencia- es rechazar el Recurso Extraordinario. Como consecuencia de esa puerta que se cierra, la decisión de la Cámara de la Seguridad Social queda firme y es «confirmada». Atribuirle a esta decisión procesal un alcance sustancial es, cuanto menos, una alquimia del lenguaje periodístico.

Otro tanto sucede con los efectos que pueden esperarse de decisiones como ésta. En el copete se afirma su poder expansivo y en el cuerpo de la nota se expresa que «Así la Justicia sienta una nueva jurisprudencia en materia previsional que comprende a la mayoría de los jubilados que se desempeñaron en relación de dependencia o como autónomos y a los que se jubilen de ahora en más.» Sabemos desde hace tiempo que los jueces fallan en causas o controversias individuales (art. 116 CN), salvo que se trate de un amparo colectivo (art. 43 CN) que tenga efectos «erga omnes» -no es el caso aquí-. Esas sentencias van modelando una interpretación judicial que en la medida en que se hace mayoritaria adquiere fuerza interpretativa vinculante. No parece ser el caso de la sentencia de la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social al que se quiere dotar de potencia expansiva a través de la «confirmación» de la Corte Suprema.

No queremos cansarlos con menudencias lingüísticas, sino más bien que tomemos conciencia del «armado» de algunas noticias judiciales. Un caso de un mes de antigüedad, que se presenta como novedad y con la volanta «un fallo clave». Una noticia que se hace parecer como vinculada, donde Lorenzetti dice que «no importa que un fallo sea irritable o no para el Gobierno». Un contexto en el que la Corte la ha pedido explicaciones a la ANSES sobre los juicios por las jubilaciones. En suma, un cóctel explosivo donde una sentencia de trámite se transforma en tapa del diario más leido de la Argentina. Por ello, si Ud. es un jubilado y cobra menos del 70% de su haber activo, todavía no festeje….

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