Todo sobre la corte

El CIJ y la transparencia informativa

By marzo 22, 2011junio 9th, 2020No Comments

¿Operaciones mediáticas? Horacio Verbitsky dice que sí, que eso fue lo que hizo el Centro de Información Judicial al publicar la noticia del exhorto de Suiza que involucraría -ese es justamente el punto de discusión- a Moyano. Al hacerlo, el periodista afirma que el CIJ trabajaba para desestabilizar al gobierno. Refrendaba así lo que había firmado en su nota del domingo en Página 12: «La Quinta Columna«. Por el contrario, el CIJ afirma que no hubo ninguna intencionalidad política, que su actuar es transparente y que el Centro publica lo que le envían los jueces de todo el país. En el medio, una serie de discusiones twitteras entre María Bourdin, la directora del CIJ y Sergio Szpolsky (dueño de Tiempo Argentino) y con Ignacio Fidanza (director del sitio La Política Online). Los detalles del entuerto no nos interesan aquí tanto como las cuestiones más estructurales que el mismo sacó a la luz y que tienen como punto de referencia la transparencia informativa. En concreto, tres son los puntos que se han tocado respecto de la agencia de noticias del Poder Judicial, rótulo con el que se presenta el CIJ ante la sociedad. En concreto:  su razón de ser, su modus operandi y su conformación.

¿Es necesaria una agencia de noticias del Poder Judicial?

En el balance del año 2010 que hicimos en el blog, Mónica Baumgratz analizó la política comunicacional de la Corte Suprema y nos explicó la transición que hubo desde lo decidido en la Primera Conferencia Nacional de Jueces hasta la conformación de una agencia de noticias. Tenemos aquí un caso más del particular modo en que la Corte Suprema entiende el proceso de formación de políticas públicas:  un consenso inicial para mejorar la comunicación interna y externa se transforma en la creación de una nueva estructura, con una conformación y modus operandi que nunca estuvo en la agenda. Pero empecemos por el principio:  ¿está justificada la creación del CIJ como agencia de noticias? Este affaire Moyano ha levantado muchas voces que parecen responder que no y que se habían mantenido en relativo silencio hasta el momento. Leamos, por ejemplo, la nota que la editora de Diario Judicial publica hoy:

«¿Tiene que tener la Corte un medio de comunicación? ¿Tiene que invertir recursos en este emprendimiento un Poder Judicial que se la pasa reclamando más presupuesto? ¿Un Poder Judicial con juzgados abarrotados, con causas en el piso, con baños sin papel higiénico, con ascensores peligrosos y con algunos edificios que datan de los tiempos en que María Castaña tomaba Toddy cuando volvía del colegio; tiene que gastar plata en esto?
Y encima, no sólo gasta lo que no tiene sino que juega al periodismo y mete la pata. Muy suelto de cuerpo, ejerce la competencia desleal con todos los otros medios y periodistas que cubren información judicial, y que desde que existe el CIJ deben resignar primicias y fuentes en aras de la borrosa “política de transparencia informativa” que pregona la Corte.
Transparencia sería poner a disposición todos los fallos de todos los fueros, de todas las instancias, sin titulares que muestren lecturas e intencionalidades. Transparencia sería contestar preguntas, aceptar reportajes, poner a todos los medios interesados en un pie de igualdad a la hora de recibir información, sin que el CIJ tenga todo primero que nadie. Eso sería transparencia, no esto».

 

No sé si la respuesta a la pregunta que formula Analía Zigler (¿tiene que tener la Corte Suprema un medio de comunicación?) debe ser afirmativa o negativa, pero sí creo que debería discutirse abiertamente, de forma transparente y que hasta el momento eso no ha sucedido. Las sucesivas decisiones se han ido tomando a fuerza de voluntad, empujando los cambios y eso es bueno, en un sentido, porque promueve la transformación de la estructura judicial. Pero el lado oscuro de la ecuación es que ese modo de proceder funciona en base a hechos consumados y ello genera resistencias en muchos de los actores. Cuando por una u otra razón, el sistema falla, los disensos salen a la luz. Obviamente, los sectores manifiestan sus intereses propios y no siempre les cabe la razón, pero la transparencia de la política comunicacional debe estar presente desde su génesis y ello implica una expresión más acabada del modelo adoptado, las razones tenidas para ello y la participación de los actores involucrados.

¿Cómo debe ser la información judicial?

Si, por una u otra razón, sostuviéramos -o al menos estuviéramos dispuestos a discutirlo- que es necesaria la existencia de una agencia de noticias, inmediatamente tendríamos que pasar al cómo. Ambas preguntas son casi inescindibles y condicionan la respuesta. A mi entender, la estrategia se concentra en la necesidad de llenar un vacío informativo y acercar el Poder Judicial a la sociedad, a través de los medios, pero no está claro el modus operandi. Veamos lo que escribía Mario Wainfeld, a raíz del exhorto suizo: «el CIJ es un buen servicio, un avance en la comunicación pública de los fallos, aunque a menudo su redacción tiene arrebatos de periodismo sensacionalista impropio de un medio de comunicación institucional». Aquí la pregunta que se formula es acerca de la naturaleza de la información judicial: ¿debe responder a los cánones periodísticos habituales? ¿Debe tener criterios específicos? El límite no parece estar bien trazado y ha sido discutido varias veces por los periodistas de Página 12 (ver Las cuatro críticas que Página publicó en relación al CIJ, en Diario sobre Diarios).

Pero más allá de la legítima opinión que pueden tener esos periodistas, poco parámetro tenemos para evaluar lo que hace el CIJ. No hay un Manual de Estilo que sirva como parámetro para medir su accionar. ¿Cómo seleccionan las noticias? ¿Las editan o no las editan? ¿Son los jueces los que las redactan o son ellos? La respuesta que da su directora en la polémica y en el comunicado («ponemos lo que los jueces nos envían») parece o muy naive respecto de la efectiva labor de edición que un sitio como el CIJ ejerce o muy minimalista respecto de su rol. En otras palabras, si efectivamente son los responsables del contenido del sitio, su fuente de información son los jueces, pero es el CIJ el que titula, edita, decide lugares, etc. etc, respecto de las noticias judiciales que les envían. Si no son los responsables, y no ejercen de editores, el CIJ sería una mera cartelera descentralizada de los distintos juzgados en cuyo caso sería dudoso sostener la necesidad de su existencia y presupuesto.

Suponiendo que fuera cierto que los contenidos los deciden enteramente los jueces, existe un amplio terreno para la justificación. Sabemos que el lema «all the news that fit to print«, inmortalizado por el New York Times, suena muy bonito pero no se ajusta a las tareas de recorte de la realidad que los medios realizan. El CIJ hace lo propio y nos presenta un recorte de la actividad judicial. Sabemos que eso es así, lo que no sabemos es cómo lo hace. ¿Cuáles son los criterios que el CIJ o los jueces que envían las noticias toman en cuenta para seleccionar lo que se publica? El exhorto del caso Moyano entra en esta categoría, pero también lo hacen innumerables casos de la Corte Suprema de Justicia que teniendo importancia jurídica no son reproducidos en su página. Sí lo son, en cambio, los rechazos por art. 280 de los recursos extraordinarios interpuestos por acusados por delitos de lesa humanidad. Ahí hay una estrategia comunicativa que merecería ser explicitada.

¿Quiénes?

Filosóficamente, hemos ido recorriendo el camino que va del ser al operar y ahora nos lleva al agente. Aquí la pregunta que cabe hacerse, con todo respeto por la profesión, es la misma que se hacía Friedman respecto de la relación entre Derecho y sociedad y los abogados. ¿No es la comunicación institucional de la Corte Suprema algo demasiado importante para dejarlo en manos de los periodistas? Antes que nos lluevan piedras por la boutade, aclaremos los tantos. No es cuestión de periodistas, abogados (sabemos que Bourdin y Méndez llevan ambos sombreros), licenciados en comunicación o politólogos. Es cuestión de la lógica de actuación que debe estructurar la comunicación institucional de un centro de poder, con reglas propias muy específicas, como es la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aquí es donde se necesita mayor sofisticación teórica, que exceda el mero manejo de medios y que dote de sustancia a la estrategia que la Corte Suprema quiere desarrollar en materia comunicativa. ¿Quiere la Corte Suprema acercarse a la sociedad? Muy bien, pero ello implica diseñar un mensaje que va más allá de poner, simplemente, más canales -supuestamente neutros- de difusión de esa información (algo de eso, discutimos aquí)

En otras palabras, la información judicial no se vende sola y traducirla a términos sociales es una tarea ardua, que requiere una estrategia sofisticada. ¿Está la gente a cargo actualmente del CIJ capacitada para desarrollarla? No lo sabemos, porque no ha habido ninguna discusión pública sobre sus antecedentes para el cargo. El proceso de nombramiento de personas como María Bourdin y Pablo Mendez, que hoy se encuentran en el ojo del huracán por su relación anterior con el grupo Hadad, fue decidido por la Corte Suprema sin un proceso en el que se conocieran los requisitos del cargo ni en el que compitieran en igualdad de condiciones con otros aspirantes. No estamos hablando aquí de las operaciones mediáticas que adoptan una visión conspirativa, sino de la concepción del cargo que ocupan. Bourdin, en un momento de su polémica con Ignacio Fidanza, le contesta:»lo desarrollé yo, lo diseñé con @pablomendez10 y llevé gente de mi confianza. Acaso te pregunto a quien contratas en tu portal?». Nos preguntamos: ¿es el CIJ un emprendimiento privado o una agencia de noticias públicas? ¿No amerita un nivel de institucionalización y accountability mayor?

Lejos estamos de querer entrar en chiquitajes o sumarnos a la lógica que Gargarella enuncia en este post. Nuestra intención, más bien, ha sido la de  trascender la discusión política coyuntural y concentrarnos en lo que ella revela respecto del CIJ. Salir del detalle y mirar la foto panorámica. En este sentido, lo que el affaire Moyano muestra es una debilidad en los procesos de construcción institucional de la Corte Suprema, que con terreno liberado al frente parece haber querido correr antes de aprender a caminar. ¿Justifica esto los ataques? No, pero los explica y, lo que es peor, deja sin defensas a un organismo que debería estar más atento a fijarse y respetar reglas de conducta cuando entra a un territorio inexplorado. La transparencia informativa parece ser algo más complejo que la emisión de noticias y los reclamos que desde lugares diversos se le han hecho al CIJ en estos días, parecen atestiguarlo.

Dejar una respuesta