Todo sobre la corte

Crónica de una audiencia pública

By abril 30, 2010junio 9th, 2020No Comments

Hace rato que queríamos ver de qué se trataba esto de las audiencias públicas, versión Corte Suprema argentina. Ya conocíamos el régimen establecido por la Acordada Nro 30/07 y habíamos leído lo que en su momento se publicó en los medios, al calor de los aplausos de varias ONGs que veían en este instituto una muestra más de la apertura que la «nueva» Corte demostraba. El peso del modelo norteamericano era muy fuerte y legitimaba la acción de la Corte, pero ese impulso inicial se desinfló un poco y las audiencias públicas, lejos de ser la regla -como en EE.UU.-, fueron sólo una excepción -la audiencia que vamos a comentar es la Nro 12 desde la sanción de la Acordada-. Con este sentimiento de «mitad de vaso» en el bolso y con la expectativa de saber si estaba medio vacío o medio lleno, aceptamos la convocatoria del Tribunal y nos dirigimos a la Sala de Audiencias del 4to piso de Tribunales.

El marco impone respeto y una cierta majestuosidad, aunque nada amenazante. Los jueces sentados en el estrado, los expositores a nivel del público y una sala de techos altos y decoración monumental con espacio para más gente que la que concurrió (la capacidad será de 80 y habría entre 65 y 70 personas). La proporción de gente que había respecto de las plazas disponibles, es la misma que de jueces del Tribunal que había respecto de sus miembros. Sólo cinco de ellos concurrieron (Lorenzetti, Highton, Maqueda, Argibay y Zaffaroni) y los otros (Pettrachi y Fayt) dieron ausente sin aviso. ¿Alguna premonición de la composición futura?

Volviendo de la nube de conjeturas, recordamos qué nos reunía allí. El pedido que la provincia de Catamarca le hace a la Corte es que le ordene al Estado que se suspendan las retenciones de recursos coparticipables, que este hace en virtud de una disputa sobre el monto de las jubilaciones que deben pagarse a los jubilados catamarqueños que se retiraron hasta el año 1994/1995. Luego de este año, el sistema de jubilaciones se transfirió a la Nación -por Ley-convenio de transferencia derivado del Pacto Federal de 1994- quien no reconoció el 82% móvil que la legislación catamarqueña les otorgaba y les aplicó, como al resto de los jubilados, la ley Nacional. Muchos intríngulis jurídico-políticos mediante, la Provincia de Catamarca saca una ley que reconoce el 82% y lo paga, pero la Nación no lo reconoce y de allí el conflicto presentado. Al menos, eso es lo que entendimos del Dictamen de la Procuradora Fiscal en este caso y lo que escuchamos en la Audiencia.

La audiencia duró exactamente una hora y media. El Gobernador de Catamarca, Brizuela del Moral, usó unos 20 minutos para presentar el caso con un tinte más político-institucional que jurídico. Explicó algo de la situación jurídica, pero me parece que su papel fue más el de apoyar la demanda con la «autorictas» de su investidura que exponer verdaderamente el caso. Estaban apoyándolo Ricardo Gil Lavedra, Ricardo Alfonsín y Oscar Aguad, quienes, apenas terminó de hablar, se levantaron y se fueron. Luego se puso detrás del estrado el Fiscal de Estado de la Provincia, quien no pronunció un discurso sino que respondió las preguntas que le hicieron los Ministros. Acá empezó lo verdaderamente interesante.

La voz cantante la llevo Maqueda quien preguntó y repreguntó varias veces (10 para ser exactos), demostrando buen conocimiento de las bases normativas y los hechos de la causa. Los interrogantes de Maqueda apuntaron a fijar los términos jurídicos de la relación: el no reconocimiento de la Nación por el pago del 82% móvil establecido en la normativa catamarqueña previa a la transferencia y cómo se fue dando la relación. El Fiscal se vio en aprietos ante alguna repregunta de Maqueda y explicó vagamente las negociaciones entre la provincia y el Anses previas al reclamo formal, pero en general se atuvo al libreto y respondió acertadamente. El interrogatorio duró, aproximadamente, 30 minutos.

Después habló, por el Estado Nacional, Walter Arrighi, Secretario de Seguridad Social. Dio un discurso fundamentando la postura de la Nación y Maqueda, Highton y Lorenzetti le hicieron varias preguntas, fundamentalmente destinadas a remarcar el conflicto jurídico que abarcaría el caso: la contradicción entre la Ley Convenio de Transferencia y la normativa  posterior que aplicó el Estado Nacional para no pagar las jubilaciones móviles del 82%. Claramente, los tres ministros centran en este problema de fuentes el nudo de la causa que tienen entre manos. Arrighi trató de superar estos cuestionamientos, diciendo tres cosas: 1) que el derecho adquirido era por la concesión de la jubilación -status de jubilado-, pero no por los términos de ésta (82%); 2) que la ley convenio rige hasta que se termina la transferencia y que después rigen las leyes nacionales; y 3) que la noción de derecho adquirido implicaba el reconocimiento de que la relación se iba a regir por la ley nacional (o sea que no habría realmente contradicción entre las dos normativas).

En el primer turno de réplica, habló la abogada del caso por Catamarca, a quien debemos reconocerle su poder de concentración y dominio de nervios, ya que su breve exposición tuvo la música de fondo del himno nacional argentino (a causa de un acto público que se desarrollaba en las escalinatas del Palacio). Esto duró unos pocos minutos y después retomó Arrighi, quien articuló mejor su discurso -no hubo aquí preguntas de los Ministros, pero sí un alegato que se refirió a la sustentabilidad del sistema. Sin decirlo directamente, dio a entender que la legislación de Catamarca era una buena expresión de deseos, no sustentable en el largo plazo. Dio algunas cifras indicando que, aunque quisiera, la Provincia no podría retomar hoy en día las prestaciones ya que sus aportes no cubren los costos.  Terminó el breve discurso y siendo las 11 y 30 de la mañana, el Presidente Lorenzetti decretó el fin de la audiencia.

¿Cómo estaba el vaso ahora?  Medio lleno, sin dudarlo. Recordemos que la Acordada 30/07 prevé tres tipos de audiencias (informativas, conciliatorias y ordenatorias) y esta era del primer tipo, ello es, tenía por objeto principal conocer los hechos del caso e interrogar a las partes.  En nuestra opinión, claramente cumplió con este objetivo y demostró las enormes potencialidades que tiene el instituto. Un resultado importante de la audiencia pública, al menos de ésta, es que uno se va con la idea de cómo la Corte piensa encuadrar el caso o al menos para dónde van los tiros. Las preguntas y repreguntas de los jueces son muy importantes en este sentido y permiten prefigurar opiniones futuras.  Las preguntas fueron pertinentes, hechas en un tono inquisitivo pero amable (parecían las preguntas de una  mesa examinadora, no excesivamente incisiva, sabedora de que tiene la decisión final al comunicar la nota). La audiencia,  entonces, informa a los Ministros, al público en general y permite conocer como la Corte encuadra sus casos (o al menos los pasos iniciales del proceso).

Ahora bien, uno se termina preguntando por qué no puede comer más caramelos, si es que son tan ricos. Ni tampoco por qué puede probar estos y no estos otros. O sea, la Corte elige poquísimos casos para tomar audiencias públicas y cuándo lo hace, no queda claro cuál es el criterio que utiliza. En ese sentido, sería deseable que hiciera un esfuerzo de justificación que diera pista sobre lo que ella privilegia (relevancia jurídica, conflictos federales, complejidad del caso, efectos sobre un número de casos semejantes, etc.). La presencia de 5 de los 7 miembros es un punto negativo, ya que le quita unidad a la imagen institucional de la Corte y le resta importancia al acto.  Hace sospechar que existe poco consenso sobre su importancia o sobre las decisiones que llevan a convocar a esta y no otra. Este es un trabajo institucional importante que el Tribunal debería profundizar.

Por otra parte, si uno de los objetivos de la audiencia es la visibilidad habría que diseñar estrategias eficaces para que este acto resuene aún más en la esfera pública y ello podría lograrse a través de una comunicación más eficiente de las motivaciones de la Corte para convocarla y, a partir de allí, se le de la relevancia que tiene. En este sentido, la cosecha es magra. Solamente Clarín recogió la noticia y lo hizo con muy poca precisión y profundidad.  Evidentemente, falta gimnasia de parte de la Corte y de la sociedad. La estructura jurídica está disponible, es cuestión de usarla más. Lo que vimos en el salón de audiencias de la Corte Suprema nos deja la convicción de que , sin duda, una multiplicación de las audiencias generaría efectos positivísimos sobre la visibilidad del trabajo de la Corte. Queda mucho por camino por recorrer, habrá que ver si es una senda que el Tribunal quiere recorrer.

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