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Con la lupa en el proceso: cinco kafkianos

By julio 22, 2015agosto 15th, 2024No Comments

Cuando uno comienza a leer una sentencia de la Corte Suprema, las cuestiones procesales lo atacan. La retórica judicial imperante nos obliga a introducirnos a las cuestiones jurídicas por el ojo del proceso, especialmente el de apertura de la instancia extraordinaria. No por los hechos, ni siquiera por la cuestión debatida. Metadiscursivamente, quizás, se nos irán introduciendo algunos detalles del caso. Si no, puro lenguaje distanciador. Hay que tener muchas, pero muchas ganas para seguir adelante. Lo que pasa es que, como en el síndrome de Estocolmo, uno le empieza a tomar cariño a la puerta por la que entra cada día a su lugar en el mundo, conoce sus pliegues e irregularidades y, más importante aún, toma conciencia de todo lo que se juega allí. Ese «ojo de una aguja» -según la expresión evangélica-, paradójicamente, se le cierra a las cuestiones de procedimiento que pretenden llegar hasta la Corte Suprema, amparadas bajo el agravio de que derechos sustantivos se desconocen bajo el imperio de las reglas que deberían encauzar sus reclamos. Lo procesal cortesano es una herramienta que, muchas veces, bloquea el análisis constitucional del procedimiento como elemento esencial del Derecho.

Esta doble faceta es la que vemos en estos cinco posts que seleccionamos sobre el proceso. En algunos casos, la Corte Suprema rompe la dinámica, pone luz y trae paz a algunas de las almas atribuladas por las mil y una vueltas de los pasillos y despachos tribunalicios. Otras veces, utiliza los recovecos de las normas procesales para meter la naríz donde no estaba tan claro que debía hacerlo o para llegar a un resultado al que, en la ortodoxia procesal constitucional, no podría llegar tan fácilmente. Sin más prolegómenos vayamos pues a algunas de las cuestiones que se plantearon durante este primer semestre de 2015.

  1. En «Basta de chicanas procesales«, Juan Lahitou nos introdujo de lleno en el universo kafkiano en el que se puede transformar un proceso y cómo la Corte Suprema, usando de modo extensivo algunos instrumentos normativos, puede contribuir a desenredar la madeja.
  2. Eduardo Lapenta en «Honorarios: lo insustancial, para el sistema de justicia» nos mete de lleno en un mundo esencial para los abogados pero prácticamente desconocido para la academia y los legos. ¿Cómo regula honorarios la Corte Suprema de Justicia? ¿Cómo fija los incentivos para la actuación de los abogados? ¿Cómo incide ello en la Administración de Justicia?
  3. En «Acrobacias arbitrarias» analizamos – en el caso concreto de una cesantía de empleados municipales del Chaco- la principal vía de entrada a la jurisdicción de la Corte Suprema: la doctrina de la arbitrariedad de sentencia. Mecanismo flexible, creado jurisprudencialmente, se aviene a ser modelado nuevamente y reformulado en ocasión de su aplicación. Sobre esto hablamos mucho en TSLC y recordamos varias veces la postura de Carmen Argibay discutiendo la tenue diferencia entre no estar de acuerdo con lo que dice una sentencia y considerarla «arbitraria».
  4. Juan Lahitou vuelve al tema procedimental, pero esta vez desde los requisitos de la acción contencioso-administrativa. En «Qué hay de nuevo viejo«, la Corte Suprema relativiza el requisito del agotamiento de la instancia administrativa previa en el caso de una persona de 77 años, a quien volver a la salida en el juego de la oca lo dejaría -probablemente- sin solución a su reclamo.
  5. En «Eterea y leve como una inconstitucionalidad de oficio» nos enfrentamos a un instrumento que la Corte ha comenzado a utilizar con cierta profusión, luego de muchos años de encarnizado debate sobre su legitimidad constitucional. Amparándonos en el caso «Gérez» sobre una pensión a un ex-soldado afincado en la zona cercana a Malvinas, miramos un poco cómo el Tribunal utiliza ese instrumento y -livianamente- lo incorpora de pleno derecho a su «caja de herramientas» jurisprudencial.

 

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