Es probable que Bartleby sea el ejemplo más conocido de «law clerk» o asistente jurídico. El personaje creado por Herman Melville, triste y misterioso, pasó a la fama literaria con su frase de cabecera «preferiría no hacerlo». Empleado en un estudio jurídico y con la tarea de copiar largos escritos judiciales, Bartleby personifica la labor gris y rutinaria que se le atribuye a seres que pasan su vida en un escritorio tapado de expedientes. Sin embargo, la realidad suele superar a la ficción y estos seres ocultos pasan a veces a tener algo de notoriedad. Tal ha sido el caso de algunos colaboradores del juez Fayt, a quienes el actual Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, trajo a la palestra para demostrar que el protagonismo del longevo jurista se hallaba en declive y que las tareas cotidianas a su cargo habían sido delegadas. Más allá de esta polémica, también el ex-Ministro Zaffaroni se refirió a la cuestión de la delegación interna y mostró con sus palabras el protagonismo de las segundas líneas en la resolución de las controversias cortesanas. La organización interna del Tribunal es un tema generalmente olvidado para la doctrina constitucional (nos hemos referido a él, a pesar de ello, acá y acá). Algo parecido sucede en los EE.UU., situación que empieza a revertirse con eventos como el liderado por la Marquette Law School, sugestivamente titulado «¿Asistentes judiciales o jueces junior?»
Las ponencias a ese evento fueron publicadas en la Marquette Law Review y precedidas por una presentación de Chad Oldfather & Todd Peppers titulada: « Judicial Assistants or Junior Judges: The Hiring, Utilization, and Influence of Law Clerks«. En este artículo inicial, los autores destacan que los asistentes legales han cumplido un papel sumamente importante en la historia de la Corte Suprema desde el momento en que, en 1882, el Ministro Horace Gray pagó de su propio bolsillo el salario para contratar a un reciente egresado de Harvard. Ya en 1886, el Congreso habilitaría fondos para taquigráfos y, desde ese momento, el rol de los «law clerks» estaría en discusión. Karl Llewellyn, por ejemplo, aplaudió el «impacto de un empleado joven en la tarea como la mejor medicina alguna vez descubierta contra el endurecimiento de la mente e imaginación de un senior«. William Rehnquist, antes de asumir como Presidente de la Corte Suprema, expresó su preocupación acerca de que esos asistentes pudieran tener demasiada influencia. Algunos los han acusado porque su tarea ha permitido que los Ministros escriban demasiado, llevando a decisiones fracturadas que sólo promoverían la reputación individual antes que a una Corte Suprema hablando con una sola voz. La relación entre disidencias y unanimidad estaría, en esta visión, directamente relacionada con la fuerza de trabajo que aportan estas jóvenes manos y mentes.
Los papers son muchos y muy interesantes, pero para no abusar de vuestra honorable atención, los limitaremos a solamente tres. El decano de Marquette, Joseph Kearney plantea un tema por demás interesante y aplicable a nuestra propia organización: ¿permanencia o renovación de los asistentes? (A Truth About Career Law Clerks). Luego de confesar que él mismo -experiencia compartida por muchos profesores universitarios americanos- fue asistente de dos jueces distintos, aboga por la rotación de los ayudantes entendiendo que, a pesar de que su falta de experiencia puede ser menos beneficiosa para el juez, la sangre nueva que aportan y las destrezas que adquirirán serán sumamente productivas para el sistema jurídico en su conjunto. Por otra parte, sostiene que la existencia de muchos funcionarios de carrera fomenta la delegación en ellos de las tareas, delegación que ve impropia de la tarea judicial propiamente dicha. Para él, «los jueces son más que managers: son maestros, para el mundo y para los que trabajan con él, y muchos están perdiendo valiosas oportunidades de enseñar, al depositar excesiva confianza en sus asistentes, que estarán durante la mayoría de sus carreras -fuera de las oficinas judiciales- mudos y sin gloria . En mi humilde opinión, nuestro sistema es así más pobre».
Ryan Black, Christina Boyd y Amanda Bryan pasan de las opiniones a los datos duros en su paper «Revisiting Agenda Setting«, en el que revisan las peticiones de certioriari durante 8 años (1986-1993), a partir de la información de los papeles de trabajo del Justice Harry Blackmun. Este tipo de investigación es clásica en los temas de Corte Suprema, ya que diez años después del retiro de un Juez se abren a la comunidad científica los documentos internos que escribió y esa es una fuente inapreciable para conocer el backstage del Tribunal. En este caso lo que tratan de determinar es la influencia de los memos escritos por los asistentes de cada juez en el voto que ese juez realiza respecto de la admisibilidad de la petición. Descubrieron que, efectivamente, tienen mucha influencia. En 75% de los 9500 votos estudiados, los Ministros siguieron las recomendaciones de sus asistentes. También demostraron que los jueces son más proclives a seguir el consejo de los empleados a quienes consideran más próximos «ideológicamente». Timothy Johnson & Ryan Black continúan esta línea de investigación en «Advice from the Bench (Memo): Clerk Influence on Supreme Court Oral Arguments«. Allí. con el mismo cuerpo de documentación, analizan los memos que sus ayudantes le prepararón al Justice Blackmun previo a las audiencias y comprueban si hizo o no las preguntas que allí se le sugerían. Del total de preguntas en el memo, Blackmun formuló un 45% lo cual, en opinión de los autores, «provee una importante relación que demuestra que los asistentes judiciales pueden y efectivamente influencian la forma en que los Ministros evalúan los casos».
Los papers siguen pero este espacio se termina. El tema es apasionante porque hace a aspectos complejos pero, al mismo tiempo, carecientes de base empírica. Su pertinencia para pensar la organización de nuestra propia Corte Suprema es alta, a pesar de que el proceso de selección de nuestros asistentes dista de ser claro y su status de empleados judiciales con estabilidad ahoga cualquier tipo de rotación (al menos con el sector privado o académico, no entre distintas dependencias de la Corte u otros sitios del Poder Judicial). Igualmente, son muchos los casos de empleados que han luego optado por la carrera judicial, la académica o el ejercicio privado. Será cuestión de empezar a estudiar su experiencia.
Foto: Darren Copley / Foter / CC BY-NC
Coincido plenamente con tu última frase: así estamos hoy sin expectativas de futuro.
En nuestra Corte Suprema es un tema de implicancias constitucionales (v. ¿Quién Dicta los Fallos de la Corte? La Delegación en la Corte Suprema», en donde decía, entre otras cosas «·(. . .) LA DELEGACIÓN Y SUS IMPLICANCIAS. La razonable preocupación de ciudadanía e instituciones por quiénes son los Ministros de la Corte contrasta con la indiferencia con que recibe la noticia de que la mayoría de los fallos no son de su pluma. Hay naturalmente un problema constitucional de envergadura cuando demuestra que las decisiones del Alto Tribunal no son adoptadas por los designados constitucionalmente. En los EE.UU. alarma la sola posibilidad de alguna influencia por parte de los asistentes de los magistrados (law clerks). (7) Hoy los ministros no tienen posibilidad material de identificar las causas que firman. En nuestro país siempre se aceptó cierta asistencia técnica para la preparación de los fallos, pero el crecimiento exponencial de Secretarios y relatores en la Corte fue superior al incremento de causas. En 1978 eran seis secretarios del tribunal y trece secretarios letrados.(8) Hoy superan los 200.( . .) «
La ciudadanía no opina porque los especialistas no les exponen los problemas. En especial, los de nuestra Corte Suprema, que es un órgano envuelto en un halo de misterio para el ciudadano común. Ni siquiera la elite política, como dices, se plantea la situación. Una institución que debería ser el máximo exponente de la legalidad, se conduce en forma, cuando menos, irregular. Desde hace años sostengo que, o bien se blanquea la situación, o bien se reconduce al organismo para limitarse a resolver, como la Corte de los EEUU, entre 100 y 300 casos anuales, por los jueces de la Constitución. No se ni quiero pensar adonde nos lleva vivir y aceptar ficciones, pero lo normal y natural es proceder como corresponde (ahora VERTBISKY se alarma porque una Acordada no habría sido firmada simultáneamente por todos los Ministros).
Muy interesante el tema que traes Valentín, es innegable que con la cantidad de causas que trata la Corte por año la influencia de los Secretarios o Relatores debe ser decisiva, tal vez más aun en los rechazos (art 280) que en las causas relevantes. Aunque muy edulcorada la película “Muhammad Ali’s Greatest Fight” ( https://youtu.be/VooUCcwbhrY) trata la relación de un Juez y un Clerk en la Corte Norteamericana. Saludos.
No dejes de verla Valentín. Si bien se centra en Harlan y en el rol que le cupo en el caso de Alí, muestra la dínámica interna de la Corte, la relación de los jueces con sus clerks, de éstos entre sí, las conferencias en las cuales se determian las mayorías y se asignan los votos. Además hay una caracterización muy marcada de cada uno: Brennan un tipo expansivo, Burger más preocupado por los temas protocolares, Blackmun indeciso y así.