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Apuntes metodológicos: ¿qué podemos mirar en cada etapa histórica de la Corte?

By mayo 23, 2011junio 9th, 2020No Comments

En nuestra anterior colaboración propusimos una periodización de la historia de la Corte Suprema argentina, distinguiendo las distintas etapas. En este segundo post señalaremos los diferentes aspectos que pueden ser tratados en cada uno de ellos. Nos parece que el estudio de cada una de las etapas de la  historia de la Corte Suprema debe abarcar, al menos, los siguientes temas:

1) el análisis del contexto histórico, político y jurídico en el que le correspondió actuar a la Corte Suprema: como toda investigación histórica, el estudio de la historia de la Corte debe insertarse en el tiempo y en el espacio, fuera de los cuales no puede ser comprendida. Será siempre necesario situar la historia de la Corte en el contexto más amplio de la historia política e institucional de nuestro país, ubicando cada pronunciamiento de la Corte en las circunstancias concretas y particulares en las que fue dictado. Con mucho acierto señala  Robert Cushman: «La Corte Suprema no realiza su función en el vacío. Sus decisiones sobre importantes cuestiones constitucionales sólo pueden ser comprendidas plenamente cuando se las observa en los escenarios de la historia, la política y la economía de los cuales surgieron». Ella es a la vez reflejo y protagonista, “espejo y motor”,  al decir de Schwartz, de la historia institucional argentina. La historia de la Corte Suprema argentina es en buena medida la historia de nuestro país vista desde la perspectiva de la actuación de una sus principales instituciones;

2) las biografías de sus integrantes: El conocimiento de las biografías de quienes fueron ministros de la Corte Suprema es una tarea complementaria de la historia del tribunal, que resulta muy ilustrativa para profundizar en el estudio de los temas que se abordan en cada etapa. Detrás de las instituciones siempre están las personas que las integran y rigen y sus virtudes y defectos, sus ideas y también sus prejuicios, influyen en su actuación y configuración. Afirma Miguel Marienhoff: “En cada una de sus etapas la Corte Suprema fue lo que fueron sus integrantes” (“La Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Fallos estelares y fallos perfectibles”, Separata del Boletín del Museo Social Argentino, nº 356, Bs. As.,  1973). Entre estos perfiles biográficos, serán especialmente interesantes las de aquellos jueces que han tenido un papel más destacado en las decisiones y posturas del tribunal.

Por otra parte, un análisis comparativo de los datos biográficos de los ciento diez ministros que hasta el momento ha tenido el tribunal nos permite identificar si han predominado determinados perfiles en su designación. Sus vínculos políticos y su formación jurídica nos pueden aportar datos valiosos para entender y comprender la actuación del tribunal.

Desde 1863 hasta la fecha fueron nombrados 110 jueces de la Corte Suprema, 107 hombres y tres mujeres (Margarita Arguas, Elena Highton y Carmen Argibay). La duración media en sus cargos es cercana a los seis años y medio. Los que más han durado  han sido los Dres. Fayt y Petrachi (27 años y aún siguen ejerciendo el cargo), Bermejo (26 años), Repetto (24 años) y Belluscio (21 años). En el otro extremo hay tres jueces que no llegaron a un año de ejercicio. Hubo cinco jueces que fueron designados en dos oportunidades para integrar el tribunal al que se reintegraron luego de un alejamiento: Gorostiaga, Laspiur, Bidau, Oyhanarte  y Levene.

Durante los ochenta y cuatro primeros años de vida del tribunal, entre 1863 y 1947, sólo tuvo diez presidentes, mientras que hubo otros diecinueve en los últimos sesenta y tres años. Hasta el inicio de la cuarta etapa la Presidencia de la Corte Suprema tenía carácter vitalicio y a partir de entonces pasa a ser temporal y por un período de tres años. Hasta 1930 era elegido por el Presidente y desde entonces por los propios integrantes del tribunal.

3) el análisis de su obra jurisprudencial por medio de la selección y estudio de los principales fallos que caracterizan y definen cada etapa de la historia de la Corte Suprema: pensamos que la plataforma básica para el estudio de la actuación de nuestro más alto tribunal está constituida por las sentencias más trascendentes que  dictó a lo largo de los distintos períodos de su historia. Hemos dado a estos pronunciamientos el nombre de “fallos institucionales”. La Corte, como todo tribunal, habla fundamentalmente por medio de sus fallos y es allí adonde hay que acudir en primera instancia para analizar una determinada etapa de su historia. La nuestra será una historia documental y los principales documentos a los que acudiremos para narrarla serán las sentencias del tribunal, intentando que ellas nos den a conocer todos sus secretos más íntimos.

Es necesario captar y analizar el significado político y jurídico del fallo tanto en el momento en que fue dictado como en su proyección histórica.

4) la identificación de las principales tendencias jurisprudenciales y de las diversas concepciones políticas y jurídicas que predominaron y caracterizan a cada etapa histórica: una vez identificados los principales fallos institucionales que el tribunal dictó dentro de una etapa, se pueden establecer cuáles han sido las tendencias jurisprudenciales que predominaron durante un determinado período. La jurisprudencia de la Corte Suprema refleja con claridad meridiana las diversas concepciones e ideologías, tanto filosóficas y políticas como específicamente jurídicas, que han estado presentes en la configuración de nuestro sistema político. Los fallos de la Corte son un testigo privilegiado de los valores y principios que han predominado en cada época histórica, de aquello en lo que hemos “creído” los argentinos en los distintos momentos de nuestra vida nacional. La Corte ha dicho que las decisiones judiciales receptan “la conciencia jurídica y moral de la sociedad”( Fallos, 248:342. 1960). La conciencia jurídica de una sociedad suele ser tributaria de la axiología predominante en un determinado momento histórico. Así como el intelectual debe advertir detrás de cada realidad el concepto que la describe, detrás de lo contingente la categoría de análisis que le es propia, el historiador debe identificar detrás de las decisiones más importantes del tribunal las tendencias éticas, políticas, económicas, etc., que en ellas se ponen de manifiesto.

La evolución de las doctrinas jurisprudenciales del tribunal tiene su dinámica propia: hay en ellas continuidades y notables cambios de postura, apego al stare decisis y sentencias innovadoras, fallos unánimes y otros con disidencias, doctrinas minoritarias que en ocasiones pasan a ser mayoritarias, rigideces y flexibilizaciones, etc. que van entretejiendo de modo vital las líneas jurisprudenciales del tribunal.

5) la consideración de cómo la  Corte Suprema participó con sus decisiones en el gobierno del Estado argentino y cómo se relacionó con los otros poderes y actores institucionales:  reconocida la naturaleza de la Corte Suprema como poder de Estado, corresponde analizar cómo ha ejercido su trascendente misión en el sistema de gobierno, cómo se ha relacionado con los diversos poderes, cuál ha sido su grado de intervención en el proceso político, cómo se ha visto a sí mismo y cómo fue vista por el resto de los actores sociales y políticos, cómo ha definido su naturaleza institucional y cómo ha defendido su independencia y sus prerrogativas como poder de Estado. Los diversos modos en que se  conciba  la misión institucional de la Corte Suprema condicionan el ejercicio efectivo de sus atribuciones constitucionales a lo largo del tiempo.

De algún modo se puede llegar a sostener que la historia de la Corte Suprema tiene dos dimensiones: una hacia dentro del propio tribunal y otra hacia fuera, que mira a las relaciones que ella estableció con los otros poderes, con la sociedad, con el mundo académico, con la opinión pública y con el propio Poder Judicial.

6) el análisis de las diversas fuentes a las que el tribunal acudió para fundar sus decisiones y los diversos métodos de interpretación, integración y aplicación del derecho que utilizó de modo predominante: a modo de ejemplo, se puede advertir la vital importancia que en la primera etapa tuvo la referencia a la jurisprudencia y a la doctrina constitucional norteamericana o el considerable aumento de la remisiones a las disposiciones de  los tratados internacionales y a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se advierte en los fallos a partir de 1992. En relación a los métodos interpretativos, cabe también señalar que durante los primeros setenta años tendió a primar una exégesis estática del texto constitucional que atendía especialmente a los antecedentes norteamericanos y nacionales de cada disposición constitucional. Pero a partir de 1930, en particular desde el caso Avico, el modelo prevaleciente es el de una interpretación dinámica y actualizadora de la constitución, que pone más énfasis en el contexto histórico en que la norma debe ser aplicada, que en aquel en el que fue sancionada.

Siempre el derecho es pensado y resuelto desde alguna posición, desde algún “paradigma conceptual”, y su identificación y clarificación suele ser muy provechoso para comprender el sentido de la actuación de la Corte en un período determinado. Es siempre interesante la relación dialéctica existente entre la jurisprudencia del tribunal y las ideas jurídicas predominantes en cierto momento histórico.

Acerca de los métodos jurídicos utilizados por la Corte Suprema argentina a lo largo de su historia, afirma Miguel Marienhoff: “del examen general de las decisiones del alto Tribunal diríase que ha seguido, indistintamente el método ´realista´-preconizado por Duguit y ampliado por Jèze- y el método ´jurídico´, dogmático o lógico, auspiciado por Paul Laband y extendido por Otto Mayer. Pero de preferencia ha seguido el método realista”, ob. cit., pág. 3

7) la evaluación que mereció la actuación de la Corte Suprema: el máximo tribunal está sujeto a  la observación de distintos actores institucionales y sociales. Al prologar la publicación de la Colección de Fallos  señalaba Gustavo Guastino, primer Secretario del tribunal, que ella tiene como finalidad “levantar ante el tribunal de la Corte Suprema el poder de la opinión del pueblo, quien, a la par que gana en inteligencia con el estudio de las decisiones judiciales, con su censura hace práctica la responsabilidad de los jueces, los cuales ganan a su vez en respetabilidad y prestigio ante sus conciudadanos, según sean la ilustración y honradez que muestra en su decisiones. De esta manera logra que también el pueblo, por un medio indirecto, pero que obra poderosamente sobre el hombre, prevenir la corrupción de la conciencia de los jueces”, (Prefacio de la Colección de Fallos, Tomo I, pag. VI, Bs. As., septiembre de 1864). Una mirada íntegra de su historia en un período determinado exige revisar cómo su actuación fue evaluada por los otros poderes políticos (principalmente a través del juicio político), por la doctrina jurídica, por la opinión pública y las organizaciones sociales más vinculadas al quehacer jurídico. La mayor visibilidad de la Corte Suprema como actor institucional en las últimas décadas ha provocado que su actuación sea observada y evaluada más intensamente que en períodos anteriores.

Estos son algunos de los lineamientos comunes establecidos para el estudio de los distintos capítulos o etapas de la Corte Suprema argentina. Siguiéndolos,  se puede llegar a responder los principales interrogantes propios de cada etapa:

  • ¿Dónde y cuándo, en qué escenario histórico e institucional, le tocó actuar a la Corte Suprema argentina?
  • ¿Quiénes fueron sus integrantes?
  • ¿Qué decidió? ¿Cuál fue el contenido de sus fallos y cuáles fueron las principales líneas jurisprudenciales que se establecieron?
  • ¿Por qué actuó del modo en que lo hizo?
  • ¿Cómo fue y merece ser evaluada su actuación?

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